políticos en su plenitud. Se cree que el objetivo de estas concesiones masivas de ciudadanía estaba relacionado con la apariencia de ofrecimiento de derechos para mantener a las nuevas comunidades desconfiadas bajo un estricto control.251 La ciudadanía romana fue, por lo tanto, una herramienta de exclusión que identificaba a aquellos hombres libres que pertenecían a la ciudad de aquellos que no tenían dicha condición. A estos últimos se les conoce como peregrini, y existe una categoría intermedia entre ambos, la de los latini. Estos, a medio camino de la ciudadanía, se dividían en tres categorías: latini veteri, habitantes del territorio de la liga latina que gozaban con amplios derechos; latini coloniarii, pertenecientes a colonias fundadas no romanas a pesar de haber sido fundadas por Roma, con derechos más limitados; y latini iuniani, que se trata de antiguos esclavos liberados mediante manumisiones no solemnes y que están privados del ius connubium.252 Más allá de todos estos se encontraban los barbari, con participación nula en los asuntos de la ciudad por no reconocer la autoridad romana. Defiende Andrades Rivas que “no es una categorización de origen étnico o nacional, sino esencialmente político cultural”.253 En efecto, a diferencia de la ciudadanía griega, la romana no estaba restringida a una ciudad, sino que funcionó como herramienta de asimilación y dominio de pueblos conquistados. No había un grupo étnico romano, sino pueblos romanos. Los peregrini eran hombres libres no ciudadanos en una situación compleja y difícil. No todos los peregrini eran inmigrantes; se incluía en esta categoría a quienes, nacidos en Roma, eran descendientes de antiguos inmigrantes; tampoco era un grupo homogéneo, ya que aquí se encontraban tanto habitantes de Britannia como los residentes en Egipto, por ejemplo. No eran necesariamente pobres, sino que simplemente carecían de la posibilidad de acceder a las instituciones reservadas para los ciudadanos romanos y latinos. La ciudadanía fue un privilegio heredado por línea paterna. Eran ciudadanos los hijos nacidos de padres que tenían esa condición, con independencia de su estatus social; estos 251 ROMÁN, E. (2010). Op. cit., pp. 23, 25-26. ANDRADES RIVAS, E. (2007). Op. cit., p. 176. 253 Ibíd., p. 170. 252 87

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