forma, durante los primeros años de la República (fin del s. VI a. C.), 244 momento en el que Clístenes estaba operando sus reformas democráticas en la polis ateniense. La ciudadanía romana fue, no obstante, diferente a su equivalente griega; aunque se constituyó también como elemento de exclusión que favorecía a unos privilegiados, fue más flexible, y evolucionó en mayor grado que aquella. La ciudadanía originaria exclusiva de las élites fue reemplazada por otra que aglutinaba no solo a patricios, sino también a plebeyos, con motivo de la rebelión de estos últimos en el año 494 a. C.; ofreció la oportunidad a los esclavos de adquirir la ciudadanía y esta fue otorgada no solo a los nativos residentes en la ciudad de Roma, sino también a comunidades enteras más allá de aquella; y, finalmente, a partir del año 212 d. C., a todos los habitantes libres del imperio.245 La ciudadanía, por lo tanto, evolucionó para no restringirse a la ciudad, sino que ser romano implicaba algo más, una unión superior al vínculo establecido entre el individuo ciudadano y la ciudad de Roma, capital del imperio; se trataba así de una unión con la organización político-militar que abarcaba todo el mundo conocido. El término romano ya no hacía referencia a un grupo étnico determinado, y designaba a los ciudadanos con independencia de su origen étnico o de su estilo de vida.246 La difusión de la ciudadanía durante el imperio convierte al mundo romano en un mundo de ciudadanos, con una cultura en la que la ciudadanía es un elemento distintivo; con ella, dejan de existir las diferencias jurídicas, aunque permanezcan las sociales entre quienes gozan de aquel estatus. Además, el otorgamiento de la ciudadanía a quienes no eran romanos de origen fue un modo eficaz de asimilar a los habitantes de los territorios conquistados.247 A pesar de que en Roma la ciudadanía era más inclusiva que en las polis griegas, también existían en el imperio distintos grados de ciudadanía, y una clara diferenciación entre quienes gozaban de dicho estatuto y de quienes quedaban al margen por ser excluidos de 244 HEATER, D. (2004). Op. cit., p. 30. Ibíd., p. 30. 246 ROMÁN, E. (2010). Op. cit., p. 25. 247 ANDRADES RIVAS, E. (2007). La ciudadanía romana bajo los Julio-Claudios. Revista de Estudios Histórico-Jurídicos, 29, pp. 176 y 208. 245 85

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