La existencia de una ciudadanía exclusiva ligada a la propiedad derivó en la presencia de distintas clases de personas dentro de una misma ciudad. Los municeps disfrutaban de ciudadanía plena y eran residentes arraigados en la ciudad, a quienes se les presumía el mayor compromiso con ella; los incolatus residían de forma permanente en la ciudad, pero se entendía que podían ser leales a otra ciudad, por lo que se les concedía un menor número de prerrogativas y responsabilidades, aunque podían alcanzar el estatuto de ciudadanos plenos o municeps con el tiempo; por debajo de ellos se encontraba la categoría de habitator, que en un principio hacía referencia exclusivamente al concepto de morador o residente sin vínculo alguno con la nacionalidad, pero que posteriormente conllevaba aparejados ciertos privilegios y algunos deberes por el hecho de formar parte de la ciudad.276 En Italia, el Corpus Iure Civilis reguló la ciudadanía, estableciendo distintos grados. En Siena, por ejemplo, había ciudadanos por descendencia (cives Antique) diferenciados de aquellos como Gerino di ser Tano (cives assidui). También estaban los ciudadanos que vivían en el perímetro (cives silvestres), y los no ciudadanos que eran residentes permanentes (habitatores assidui). Estos eran la clase más baja, sin posibilidad de participación política o administrativa; eran trabajadores, a diferencia de los ciudadanos, que eran de media clase, artesanos y tenderos, o mercaderes y abogados de alta clase.277 Esta ciudadanía recoge de Grecia la vinculación de la persona con una ciudad y de Roma la inclusión de personas no nativas. Incorpora, como en todas las etapas anteriores, el elemento de exclusión necesario para dotar a esta institución de un lugar privilegiado en la sociedad. La ciudadanía medieval se asienta así entre la ciudadanía clásica, aglutinando sus componentes por ser útiles para el desarrollo mercantil y económico de las urbes, y la ciudadanía posterior enmarcada en el Estado moderno y que requiere de la existencia previa de una nacionalidad para su plena operatividad. 276 277 ROMÁN, E. (2010). Op. cit., pp. 36-37. PRAK, M. (2018). Op. cit., p. 29. 92

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