que ejerce, en su Estado de origen, los derechos civiles y políticos, y especialmente el derecho de voto, por oposición a las personas extranjeras,148 que vuelve a hacer referencia, tal y como sucede en la lengua española, a la ciudadanía como un estatuto jurídico vinculado al pleno ejercicio de derechos políticos y, en este caso, también civiles. Un ejemplo pragmático de esta distinción entre ciudadanía y nacionalidad se evidencia claramente en los textos legales de países suramericanos. En sus ordenamientos queda patente el hecho de que la ciudadanía es un estatuto jurídico que otorga plena capacidad legal para participar públicamente como miembro de la sociedad en virtud de derechos y deberes políticos que el Estado concede e impone (por ejemplo, a una persona mayor de dieciocho años), sin que la carencia de ciudadanía implique la ausencia de nacionalidad o apatridia, ya que la nacionalidad alude a la condición de aquella persona a quien el Estado reconoce como miembro de su sociedad, lo cual incluye a menores de edad y a personas inhabilitadas para ejercer derechos políticos.149 Como se puede observar, no son realidades equivalentes, pero son conceptos íntimamente relacionados, ya que la nacionalidad es una condición para la obtención del estatuto de ciudadanía. Las constituciones de Colombia,150 México,151 Perú,152 Chile,153 Costa Rica,154 Honduras,155 Uruguay156 y Paraguay157 otorgan la ciudadanía a las personas mayores de dieciocho años con nacionalidad de los respectivos Estados, y vinculan ese estatuto con el pleno ejercicio de los derechos políticos. En Venezuela, si bien su constitución también distingue entre ambos términos, es la Ley de Nacionalidad y Ciudadanía la que los define 148 Definición de citoyenneté y citoyen en el diccionario en línea Larousse. Citoyenneté se describe como la “qualité de citoyen”, es decir, una “situation positive créée par la pleine reconnaissance aux personnes de leur statut de citoyen”; asimismo, “le citoyen dispose, dans une communauté politique donnée, de tous ses droits civils et politiques”. Citoyen es definido como: “dans l'Antiquité, personne qui jouissait du droit de cite”, y como “personne jouissant, dans l'État dont il relève, des droits civils et politiques, et notamment du droit de vote (par opposition aux étrangers). 149 GYULAI, G. (2012). Op. cit. (blog). 150 Artículo 98 de la Constitución Política de Colombia de 1991. 151 Artículo 34 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos de 1917. 152 Artículo 30 de la Constitución Política del Perú de 1993. 153 Artículo 13 de la Constitución Política de la República de Chile de 1980. 154 Artículo 90 de la Constitución Política de la República de Costa Rica de 1949. 155 Artículo 36 de la Constitución Política de la República de Honduras de 1982. 156 Artículo 80 de la Constitución de la República Oriental del Uruguay de 1967. 157 Artículo 152 de la Constitución Nacional de la República del Paraguay de 1992. 64

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