grupo, personas apátridas, que no es nacional de ningún país, en ningún sitio, en ningún
momento.
Aunque la apatridia sea descrita como una anomalía jurídica que inquieta tanto a la
comunidad internacional como, evidentemente, a quienes se ven afectada por ella, el
número de personas que se encuentran en esta situación es significativo y revela una gran
falla en el sistema actual de Estados soberanos que tiene grave repercusiones para el
acceso y realización de los derechos humanos. No se trata solo del impacto psicológico
derivado de la falta de pertenencia y de identidad, de ser personas excluidas de grupos
humanos, y de que se les imposibilite participar en el desarrollo comunitario; las
consecuencias van mucho más allá, e implican violaciones periódicas e incluso crónicas
de los derechos fundamentales más básicos. Además, sin voz, y por supuesto, sin voto,
son personas ignoradas que difícilmente pueden revertir su situación por sí mismas. En
efecto, es un serio problema que afecta a millones de personas en todo el mundo, y uno
que puede verse incrementado con el auge del desplazamiento humano global.
El Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados (“ACNUR”) estimó
que había 10 millones de personas apátridas en el mundo durante el año 2017, aunque
reconoció que era una apreciación, tomando como base los 3,9 millones de personas en
situación de apatridia efectivamente contabilizados.4 El ACNUR decidió no hacer
estimaciones respecto a 2018, pero confirmó el mismo número de personas apátridas
identificadas.5 Sin embargo, en su último informe, referido a la incidencia de la apatridia
en 2019, este organismo recopiló información de setenta y seis Estados para llegar a una
cifra superior a la ofrecida durante los años precedentes: 4,2 millones de personas.
Tampoco ha hecho estimación alguna. No obstante, el ACNUR considera “probable que
la verdadera magnitud de la apatridia sea mucho mayor”.6 Esta agencia tiene constancia
de veintidós Estados con poblaciones apátridas conocidas que, sin embargo, no han
4
ACNUR (2018 a). Tendencias globales. Desplazamiento forzado en 2017. 20 de junio de 2018, pp. 51 y
68.
5
ACNUR (2019 a). Tendencias globales. Desplazamiento forzado en 2018. 12 de junio de 2019, p. 68.
6
ACNUR (2020 a). Tendencias globales. Desplazamiento forzado en 2019. 18 de junio de 2020, p. 59.
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