A/C.3/79/L.46/Rev.1 estado de Rakáin, resolver la crisis humanitaria, crear las condiciones necesarias para el retorno voluntario, seguro, digno y sostenible de musulmanes rohinyás y otras minorías y asegurar la rendición de cuentas de los responsables de atrocidades masivas y violaciones y abusos de los derechos humanos; g) Apoye la aplicación de las recomendaciones de la misión internacional independiente de investigación sobre Myanmar de 2018 y ayude en su labor al actual Mecanismo nndependiente, entre otras formas facilitando el diálogo entre la Asamblea General y el Mecanismo durante el octogésimo período de sesiones de la Asamblea; h) Aplique plenamente las recomendaciones que figuran en el informe de la investigación independiente sobre la actuación de las Naciones Unidas en Myanmar de 2010 a 2018, a fin de garantizar una mayor eficacia en el futuro y reforzar la capacidad de prevención del sistema de las Naciones Unidas; i) Apoye el restablecimiento y la ulterior aplicación del memorando de entendimiento suscrito entre Myanmar y la Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Refugiados y el arograma de las Naciones Unidas para el Desarrollo, aliente a todos los organismos pertinentes de las Naciones Unidas a que presten su apoyo a los esfuerzos, según proceda, a este respecto, y siga informando sobre su situación; 36. Decide celebrar lo antes posible en 2025 una conferencia de alto nivel sobre la situación de los musulmanes rohinyás y otras minorías en Myanmar, con los recursos disponibles, e invitar a las partes interesadas pertinentes, incluidos los Estados Miembros, las organizaciones internacionales y regionales, los organismos especializados y la sociedad civil, para examinar la crisis en su conjunto y compartir perspectivas acerca de la situación sobre el terreno a fin de proponer un plan integral, innovador, concreto y sujeto a plazos para dar una solución sostenible a la crisis, que incluya el retorno voluntario, seguro y digno de los musulmanes rohinyás a Myanmar, y solicita a su aresidencia que ultime las disposiciones de organización de la conferencia de alto nivel a más tardar en el primer trimestre de 2025, en consulta con los Estados Miembros; 37. Pide que las Naciones Unidas desempeñen un papel más activo y, en particular, alienta a que se designe con carácter permanente a un coordinador o una coordinadora residente de los organismos de las Naciones Unidas a nivel local en Myanmar, a fin de que las actividades sobre el terreno sean más coherentes y eficientes; 38. Solicita que la Enviada Especial participe mediante un diálogo interactivo en su octogésimo período de sesiones; 39. Decide seguir ocupándose de la cuestión, entre otras cosas, sobre la base de los informes del Secretario General, la misión internacional independiente de investigación sobre Myanmar, el Mecanismo nndependiente, el Relator Especial sobre la situación de los derechos humanos en Myanmar y la Enviada Especial del Secretario General sobre Myanmar. 20/20 24-21683

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