A/C.3/79/L.46/Rev.1
situación de los derechos humanos en Myanmar, el equipo de tareas de las Naciones
Unidas en el país sobre vigilancia y presentación de informes relativos a las
violaciones graves contra los niños en los conflictos armados, el Mecanismo
nndependiente para Myanmar y los organismos de las Naciones Unidas y órganos
internacionales y regionales de derechos humanos competentes, para que vigilen de
manera independiente la situación de los derechos humanos y velen por que las
personas puedan cooperar sin obstáculos con esos mecanismos y sin temor a sufrir
represalias, intimidación o ataques, y expresa profunda preocupación por el hecho de
que la comunidad internacional, incluidos los organismos de las Naciones Unidas, los
agentes humanitarios y los medios de comunicación internacionales, sigan teniendo
fuertemente restringido el acceso a las zonas afectadas del norte del estado de Rakáin;
15. Exhorta a las Naciones Unidas a que velen por que se dote al Mecanismo
nndependiente para Myanmar de la flexibilidad que necesita en cuanto a su plantilla,
ubicación y libertad operacional, de modo que pueda cumplir con la máxima eficacia
su mandato y mantener informados a los Estados Miembros sobre sus actividades, e
insta a Myanmar, los Estados Miembros, las autoridades judiciales y las entidades
privadas a que cooperen plenamente con el Mecanismo, entre otras formas
facilitándole el acceso, en particular el acceso a los testigos, cuando proceda, y
prestándole toda la asistencia necesaria para la ejecución de su mandato;
16. Expresa grave preocupación por la posibilidad de que los supervivientes
de violaciones y abusos de los derechos humanos, en particular niños supervivientes
y supervivientes de la violencia sexual, vuelvan a ser traumatizados, y exhorta a todos
los agentes que participan en la labor de documentación a que sigan el principio de
no causar daño a la hora de reunir pruebas, a fin de respetar la dignidad de los
supervivientes y evitar que vuelvan a ser traumatizados, y pide que se satisfagan
plenamente todas las necesidades de víctimas y supervivientes y se garantice
plenamente su derecho a un recurso efectivo, en particular, registrando las bajas con
rapidez, eficacia e independencia y ofreciendo garantías de no repetición;
17. Subraya la importancia de consultar con los supervivientes y las familias
de las víctimas, incluidos los musulmanes rohinyás y otras minorías, y de incluirlos
en la promoción de la justicia y la rendición de cuentas, según proceda;
18. Insta a todas las partes de Myanmar a que velen por todas las mujeres,
incluidas las mujeres rohinyás y las mujeres pertenecientes a otras minorías,
participen de manera plena, igualitaria, segura y significativa en la promoción de la
cohesión social entre las distintas comunidades y en todos los procesos de toma de
decisiones relacionados con la prevención y resolución de conflictos y la
consolidación de la paz;
19. Reitera el llamamiento urgente a Myanmar o al ejército de Myanmar,
según proceda, a que:
a)
aongan fin de inmediato a todos los actos de violencia y abusos y a todas
las violaciones del derecho internacional en Myanmar, velen por la protección de los
derechos humanos de todas las personas en Myanmar, incluidos los musulmanes
rohinyás y las personas pertenecientes a otras minorías, y adopten todas las medidas
necesarias para hacer justicia a las víctimas, garantizar la plena rendición de cuentas
y poner fin a la impunidad por todas las violaciones y los abusos del derecho de los
derechos humanos y las violaciones del derecho internacional humanitario,
empezando por una investigación completa, transparente e independiente de las
denuncias de todas esas violaciones, y pide que se haga público el informe de la
Comisión nndependiente de nnvestigación establecida en 2018 en su totalidad o
comunique las conclusiones de dicho informe a los mecanismos internacionales
pertinentes;
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