forma, durante los primeros años de la República (fin del s. VI a. C.), 244 momento en el
que Clístenes estaba operando sus reformas democráticas en la polis ateniense.
La ciudadanía romana fue, no obstante, diferente a su equivalente griega; aunque se
constituyó también como elemento de exclusión que favorecía a unos privilegiados, fue
más flexible, y evolucionó en mayor grado que aquella. La ciudadanía originaria
exclusiva de las élites fue reemplazada por otra que aglutinaba no solo a patricios, sino
también a plebeyos, con motivo de la rebelión de estos últimos en el año 494 a. C.; ofreció
la oportunidad a los esclavos de adquirir la ciudadanía y esta fue otorgada no solo a los
nativos residentes en la ciudad de Roma, sino también a comunidades enteras más allá de
aquella; y, finalmente, a partir del año 212 d. C., a todos los habitantes libres del
imperio.245 La ciudadanía, por lo tanto, evolucionó para no restringirse a la ciudad, sino
que ser romano implicaba algo más, una unión superior al vínculo establecido entre el
individuo ciudadano y la ciudad de Roma, capital del imperio; se trataba así de una unión
con la organización político-militar que abarcaba todo el mundo conocido. El término
romano ya no hacía referencia a un grupo étnico determinado, y designaba a los
ciudadanos con independencia de su origen étnico o de su estilo de vida.246 La difusión
de la ciudadanía durante el imperio convierte al mundo romano en un mundo de
ciudadanos, con una cultura en la que la ciudadanía es un elemento distintivo; con ella,
dejan de existir las diferencias jurídicas, aunque permanezcan las sociales entre quienes
gozan de aquel estatus. Además, el otorgamiento de la ciudadanía a quienes no eran
romanos de origen fue un modo eficaz de asimilar a los habitantes de los territorios
conquistados.247
A pesar de que en Roma la ciudadanía era más inclusiva que en las polis griegas, también
existían en el imperio distintos grados de ciudadanía, y una clara diferenciación entre
quienes gozaban de dicho estatuto y de quienes quedaban al margen por ser excluidos de
244
HEATER, D. (2004). Op. cit., p. 30.
Ibíd., p. 30.
246
ROMÁN, E. (2010). Op. cit., p. 25.
247
ANDRADES RIVAS, E. (2007). La ciudadanía romana bajo los Julio-Claudios. Revista de Estudios
Histórico-Jurídicos, 29, pp. 176 y 208.
245
85
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