políticos en su plenitud. Se cree que el objetivo de estas concesiones masivas de
ciudadanía estaba relacionado con la apariencia de ofrecimiento de derechos para
mantener a las nuevas comunidades desconfiadas bajo un estricto control.251
La ciudadanía romana fue, por lo tanto, una herramienta de exclusión que identificaba a
aquellos hombres libres que pertenecían a la ciudad de aquellos que no tenían dicha
condición. A estos últimos se les conoce como peregrini, y existe una categoría
intermedia entre ambos, la de los latini. Estos, a medio camino de la ciudadanía, se
dividían en tres categorías: latini veteri, habitantes del territorio de la liga latina que
gozaban con amplios derechos; latini coloniarii, pertenecientes a colonias fundadas no
romanas a pesar de haber sido fundadas por Roma, con derechos más limitados; y latini
iuniani, que se trata de antiguos esclavos liberados mediante manumisiones no solemnes
y que están privados del ius connubium.252 Más allá de todos estos se encontraban los
barbari, con participación nula en los asuntos de la ciudad por no reconocer la autoridad
romana. Defiende Andrades Rivas que “no es una categorización de origen étnico o
nacional, sino esencialmente político cultural”.253 En efecto, a diferencia de la ciudadanía
griega, la romana no estaba restringida a una ciudad, sino que funcionó como herramienta
de asimilación y dominio de pueblos conquistados. No había un grupo étnico romano,
sino pueblos romanos.
Los peregrini eran hombres libres no ciudadanos en una situación compleja y difícil. No
todos los peregrini eran inmigrantes; se incluía en esta categoría a quienes, nacidos en
Roma, eran descendientes de antiguos inmigrantes; tampoco era un grupo homogéneo, ya
que aquí se encontraban tanto habitantes de Britannia como los residentes en Egipto, por
ejemplo. No eran necesariamente pobres, sino que simplemente carecían de la posibilidad
de acceder a las instituciones reservadas para los ciudadanos romanos y latinos.
La ciudadanía fue un privilegio heredado por línea paterna. Eran ciudadanos los hijos
nacidos de padres que tenían esa condición, con independencia de su estatus social; estos
251
ROMÁN, E. (2010). Op. cit., pp. 23, 25-26.
ANDRADES RIVAS, E. (2007). Op. cit., p. 176.
253
Ibíd., p. 170.
252
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