A/C.3/79/L.46/Rev.1 muertes y mutilaciones deliberadas de niños, utilización de musulmanes rohinyás como escudos humanos, reclutamiento y utilización de niños para trabajo forzoso, ataques aéreos e incendios de aldeas y bienes de carácter civil, ataques contra escuelas, hospitales, campamentos de desplazados internos y lugares de culto y contra personas protegidas en relación con escuelas u hospitales, bombardeos indiscriminados en zonas civiles, privación de derechos económicos y sociales, violaciones, esclavitud sexual y otras formas de violencia sexual y de género y restricciones al ejercicio de los derechos a la libertad de religión o de creencias, de expresión, de asociación y de reunión pacífica, así como restricciones a la libertad de prensa y el acceso pleno a nnternet y otras restricciones, que han provocado constantes desplazamientos forzados dentro de Myanmar y más allá de sus fronteras; 2. Condena en los términos más enérgicos todas las violaciones y abusos de los derechos humanos cometidos contra civiles en Myanmar, en particular contra los musulmanes rohinyás y otras minorías, antes de la injustificada declaración del estado de emergencia del 1 de febrero de 2021 y después de ella, y tras sus prórrogas posteriores, y pone de relieve la importancia de llevar a cabo investigaciones internacionales, independientes, imparciales y transparentes de las gravísimas violaciones de los derechos humanos en Myanmar, incluida la violencia sexual y de género y las violaciones y abusos cometidos contra las mujeres y los niños, y hacer que todos los responsables de actos y delitos brutales contra cualquier persona, incluidos los musulmanes rohinyás, rindan cuentas a fin de que se haga justicia a las víctimas, utilizando todos los instrumentos jurídicos y los mecanismos judiciales internos, regionales e internacionales, incluidas la Corte nnternacional de Justicia y la Corte aenal nnternacional, según proceda; 3. Exhorta a las fuerzas armadas y de seguridad de Myanmar a que respeten la voluntad y las aspiraciones democráticas del pueblo de Myanmar, pongan fin a la violencia, respeten plenamente los derechos humanos, las libertades fundamentales y el estado de derecho, defiendan las instituciones y los procesos democráticos y pongan fin al estado de emergencia declarado el 1 de febrero de 2021; 4. Exige el cese inmediato en todo el país de las hostilidades y de la violencia en todas sus formas y los ataques dirigidos contra civiles, incluidos los musulmanes rohinyás, en cumplimiento de la resolución 2669 (2022) del Consejo de Seguridad, y exhorta al ejército de Myanmar a que cese los ataques indiscriminados o desproporcionados, como los ataques aéreos y el uso de minas terrestres, y respete plenamente el derecho internacional de los derechos humanos, el derecho internacional humanitario y los principios humanitarios, e insta a que se actúe con moderación y se aplaquen las tensiones; 5. Exhorta al ejército de Myanmar a que libere de inmediato a todas las personas detenidas, arrestadas, condenadas y sentenciadas arbitrariamente por motivos políticos, incluidos los activistas de la oposición y los ciudadanos extranjeros; 6. Pide que se entablen un diálogo y una reconciliación inclusivos, constructivos y pacíficos, de acuerdo con la voluntad y los intereses del pueblo de Myanmar, incluidos los musulmanes rohinyás y otras minorías; 7. Destaca la importancia de acordar y aplicar un alto el fuego duradero, en particular en Rakáin, de que cese la violencia y de que el ejército de Myanmar y otros agentes armados actúen con moderación, con el fin de garantizar la seguridad y la protección de los civiles, incluidos los desplazados por la fuerza que desean regresar; 8. Exhorta a todas las partes en el conflicto, en particular al ejército de Myanmar, incluidas las fuerzas conexas y las milicias afiliadas, a que pongan fin a las violaciones y los abusos contra los niños, incluidas las graves violaciones contra 12/20 24-21683

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